Las mascotas pueden convertirse en un tema muy importante dentro de un divorcio.
Sin embargo, en Florida la ley considera a las mascotas como propiedad personal, no como hijos.
Eso significa que el tribunal no establece un régimen de tiempo compartido ni un plan de crianza para mascotas como ocurre con los menores. La ley no contempla ese tipo de análisis.
Entonces, ¿cómo se decide quién se queda con la mascota?
El tribunal analizará el tema dentro del marco de la distribución equitativa de bienes. Es decir, se evalúa principalmente la propiedad.
Por ejemplo:
- ¿Quién compró la mascota?
- ¿Existe un recibo o prueba de pago?
- ¿Fue un regalo para uno de los cónyuges?
- ¿Se adquirió antes o durante el matrimonio?
- ¿Es un animal de servicio vinculado a la condición médica de uno de los cónyuges?
En algunos casos, también pueden considerarse circunstancias prácticas relacionadas con el cuidado, pero no bajo un estándar de “mejor interés” como en los casos de custodia de hijos.
En esencia, el análisis es patrimonial, no emocional.
Lo ideal siempre es que las partes puedan llegar a un acuerdo sobre este tema. Si no es posible, existen argumentos legales que pueden presentarse dentro del proceso de distribución equitativa.


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